Fashion in Economics: Denominación de origen al diseño artesanal en México: sus implicaciones para la economía regional de los pueblos indígenas

Fashion in Economics: Denominación de origen al diseño artesanal en México: sus implicaciones para la economía regional de los pueblos indígenas

La protección de la propiedad intelectual y cultural de los pueblos indígenas, es una de las cuestiones que cada vez toma mayor importancia frente a la creciente tendencia por consumir productos con inspiración autóctona del lugar en cuestión; siendo el diseño, uno de los ámbitos que mayor provecho ha obtenido con esta tendencia. La problemática recae en el concepto mismo de la palabra “indígena”, comprendiendo la idea de una cultura y estilos de vida distintos e independientes que se basan en sus antiguos conocimientos y tradiciones, vinculadas a un territorio en específico. Las implicaciones para los pueblos indígenas es su dificultad para ejercer sus derechos fundamentales como sociedades y poblaciones distintas, si no es posible para ellos conservar, recuperar y transmitir sus conocimientos heredados (Daes, 1997). Es así como la protección de la propiedad cultural e intelectual, incluyendo el diseño textil artesanal, está fundamentalmente vinculada a la realización de los derechos territoriales y de la libre determinación de los pueblos indígenas.

Es así como se busca encontrar la mejor opción que se adapte a cada región o país que cuenten con grupos étnicos. En el caso de México, se ha buscado proteger las creaciones y productos característicos de cada región por medio de las denominaciones de origen. Se entiende como denominación de origen al nombre de la región geográfica del país que sirve para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o características se deban exclusivamente al medio geográfico (SE, 2019). La institución facultada en nuestro país para emitir las declaraciones de denominaciones de origen es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), así como de tramitar y otorgar los registros de
marca. Es importante resaltar que las denominaciones de origen son otorgadas por “situaciones de hecho”, esto quiere decir que los productos primero deben ser reconocidos y ganar fama entre el público que los consume y, posteriormente, se les concede la declaración como denominación de origen correspondiente.

Algunos de los elementos que deben incluir estos productos, son: características únicas en su calidad, derivadas exclusivamente de factores naturales o humanos, y que el producto pueda ser identificado por el nombre del lugar en que se produce (SE, 2019). En la actualidad, existen en nuestro país 16 productos que cuentan con esta denominación; entre ellos se encuentran desde alimentos e ingredientes característicos de la cocina mexicana (como el café de Veracruz o el cacao de Grijalva), bebidas tradicionales (como el tequila y el mezcal), hasta productos artesanales elaborados a mano por los diferentes grupos étnicos de nuestro país (SE, 2019). Es en esta última categoría, es donde los múltiples diseños de los textiles indígenas podrían categorizarse para recibir una denominación de origen.

Sin embargo, el proceso de designación de los diseños, iconografías y significados de cada una de las comunidades es complejo, por lo que se abre el debate entre los especialistas e interesados en el tema, sobre la búsqueda de las mejores soluciones para la protección colectiva de las comunidades. En el caso de Colombia, se impulsó un programa gubernamental enfocado en facilitar al consumidor la identificación de los productos que estuvieran protegidos, por medio del uso de marcas colectivas, certificaciones y un sello de denominación de origen (Parra, 2018). Es por eso que se recomienda como primer paso, antes de designar una denominación de origen, la creación de marcas colectivas que posicionen los productos de cada una de las comunidades de la región.

Es así como la creciente popularidad del arte y cultura de los pueblos indígenas ha dificultado la propia defensa a la integridad de su cultura; en donde idealmente, deberían de recibir una indemnización justa y equitativa por la utilización de sus manifestaciones culturales. Asimismo, no hay que olvidar que la protección al patrimonio cultural de los pueblos originarios beneficiaría económicamente al desarrollo de sus comunidades, primeramente, y al país en general. Entre algunos de los beneficios que se destacan, se encuentra el mantenimiento de la calidad del producto en sus diferentes etapas de elaboración, la conservación de los métodos tradicionales, la adquisición de reconocimiento a nivel mundial y brindar al consumidor una garantía de calidad y de contribución a la economía local del país.

Bibliografía
Daes, E. I. (1997). Protección del Patrimonio de los Pueblos Indígenas. Nueva York: Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Parra, A. (2018). Uso de las herramientas legales para proteger las artesanías: Caso Artesanías de Colombia. Museo Textil de Oaxaca. Oaxaca.
SE. (2019). Denominaciones de Origen #OrgulloDeMéxico. Ciudad de México: Secretaría de Economía. Gobierno de México.
SE. (2019). México cuenta con 16 Denominaciones de Origen. Ciudad de Méxic : Secretaría de Economía. Gobierno de México.